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Derogación de las últimas medidas tomadas en cuanto a viviendas y alquiler

Tal y como publicamos anteriormente, el 14 de diciembre se publicó en el BOE el Real Decreto Ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler. En este se realizaban una serie de modificaciones en cuanto a los contratos de alquiler de una vivienda, en donde destacaba la ampliación de la prórroga de dichos contratos de 3 a 5 años.

El 24 de enero se publicó en el BOE la resolución de 22 de enero del Congreso, en el que se publicaba la derogación del Real Decreto Ley 21/2018 de 14 de diciembre. Como se deroga todo el Real Decreto Ley, también se deroga la ampliación de las prórrogas de los contratos, y la normativa en materia de exención en el pago del ITP del arrendamiento de vivienda, y por lo tanto se debe volver a liquidar este impuesto.

Aún y así, el Real Decreto Ley 21/2018 seguirá siendo de aplicación a los contratos firmados durante su período de vigencia, siendo pues aquellos firmados desde el 19 de diciembre hasta el 24 de enero.

Por lo tanto, a partir de ahora, la Ley de Arrendamientos Urbanos vuelve a ser de aplicación en su redacción vigente hasta el 18 de diciembre de 2018, antes de la publicación del Real Decreto ley 21/2018.